lunes, 13 de enero de 2014

Actualización CAA Harinas de algarrobo

El consumo de harina de algarrobo fue habitual de los pueblos originarios, hasta la aparición de la harina de trigo, incorporada por los españoles,fue relegando su consumo y su valoración, marginando poco a poco su presencia en la dieta y en la consideración de la población. Durante muchos años, en el Código Alimentario Argentino (CAA) figuró como “harina de algarrobo”el producto elaborado solamente con las semillas del algarrobo blanco (Prosopis alba Griseb) y del algarrobo negro ( Prosopis nigraGrisebach) dos especies de fuerte presencia en la región chaqueña. En septiembre de 2010 una Resolución Conjunta de la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos (SPReI) y de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGyP), también incorporó al CAA la “Harina de fruto de algarrobo”, que surge de moler el fruto completo (semilla y corteza) de ambos árboles, tal y como se realiza desde tiempo inmemorial en la región, sin que represente riesgo alguno para la población. La misma Resolución incorporó el Patay, definiéndolo como el producto “elaborado por amasado de harina de algarrobo, en cualquiera de sus tipos: semilla o fruto, con agua; masa a la que se le da forma de panes antes de llevarla al horno para cocerla. La pasta análoga hecha con harina de Mistol (Zyziphus mistol) se denomina: Patay mistol”

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